Resolución 60/2018
Para que proceda la acumulación es preciso que, aunque una de las empresas que integran la UTE no alcance las condiciones mínimas de solvencia técnica y profesional exigidas en el pliego, tenga un mínimo de solvencia y no una carencia total y absoluta de solvencia técnica o profesional.
se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la UTE Globalia Autocares, S.A. y La Sepulvedana, S.A. contra su exclusión de la licitación del contrato de servicio público del transporte colectivo urbano de superficie de viajeros del municipio de Segovia.


