Resolución 4/2018
La oferta de la empresa adjudicataria sí cumple los pliegos. Los certificados o las certificaciones técnicas son criterios vinculados a la capacidad técnica de la empresa (solvencia) y no al objeto (adjudicación), no cabe su empleo como criterio de adjudicación, por lo que cabría declarar la nulidad de dicho criterio de adjudicación. No obstante, los pliegos no han sido impugnados por las partes y estos constituyen la ley del contrato, que vincula tanto al órgano de contratación como a los licitadores.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Albie, S.A. contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ávila de 23 de noviembre de 2017, por el que se adjudica el contrato de servicio de comedor a domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Ávila.


