Resolución 19/2017
Discrecionalidad técnica. El pliego exige dos aspectos diferenciados: la acreditación de las normas UNE y la acreditación para la realización de ensayos. La empresa recurrente no ha cumplido las exigencias contenidas en el PPT relativas a la acreditación de normas UNE. No queda acreditado que las determinaciones de los pliegos tengan por objeto favorecer a una empresa determinada.
se desestiman los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por la empresa Rototank, S.L., en el procedimiento para la adjudicación del servicio de suministro de contendores de polietileno inyectado para la recogida de residuos realizada por el Servicio de Limpieza del Ayuntamiento de Valladolid (lotes 2 y 3).


