Resolución 16/2016
Discrecionalidad Técnica. Son ajustadas a Derecho de las valoraciones técnicas realizadas, carece de sentido la alegación del precedente administrativo o el vicio de arbitrariedad por el hecho de no tener una puntuación similar a la recibida en la anterior convocatoria.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Ludoland, S.L. contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos de 30 de diciembre de 2015, por la que se adjudica el contrato del servicio de gestión de los servicios de cuidados a la infancia.


