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Dictamen 359/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 358/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 357/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 356/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 355/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 354/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 353/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 352/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 351/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
Dictamen 350/2022expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, en nombre y representación del Club Deportivo de Cazadores nnnn, debido a los daños y perjuicios sufridos por no haber podido proceder a la caza del lobo en las modalidades de aguardo o espera y rececho en el coto de caza de xxx1.
- Acto que no es firme en vía administrativa, consentido por el administrado al no interponer recurso de alzada y que, por tanto, tiene la obligación jurídica de soportar. Mera expectativa. Desestimación.
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