Número: 469
Año: 2016
Nº de expediente: 469/2016
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. xxx1, Dña. xxx2, Dña. xxx3 y Dña. xxx4, debido a los daños y perjuicios sufridos por la asistencia sanitaria que le fue prestada a su hijo y hermano, fallecido, D. vvvv, en el Hospital Universitario de xxxx.

  • Los reclamantes alegan que el fallecido no fue atendido con la debida diligencia por los facultativos. Las actuaciones sanitarias se desarrollaron de forma correcta conforme a los conocimientos actuales de la ciencia médica, sin que existan actualmente medidas preventivas que hubieran evitado el luctuoso desenlace. Por lo tanto, la asistencia sanitaria se ajustó a la lex artis ad hoc y la reclamación debe desestimarse.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario