Número: 88
Año: 2015
Nº de expediente: 88/2015
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. xxxx, debido a los daños y perjuicios derivados de la asistencia sanitaria que le fue prestada en el Centro de Salud de xxx1.

  • Fractura de fémur derecho con rotura de placa que atribuye a un movimiento brusco que le realiza la fisioterapeuta en una sesión de rehabilitación. No existen razones objetivas que permitan constatar que la actuación de los profesionales haya sido negligente e incorrecta ni que los medios utilizados hayan sido inadecuados. Desestimatoria.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario