Número: 484
Año: 2015
Nº de expediente: 484/2015
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. xxx1, en nombre propio y en representación de su hija cccc, y por Dña. xxx2, debido a los daños y perjuicios sufridos por la asistencia sanitaria que le fue prestada a su esposo y padre, fallecido, D. vvvv, en el Hospital hhhh de xxxx1.

  • El fallecimiento se produjo por complicaciones isquémicas derivadas de la patología primaria del paciente (disección espontánea de la arteria vertebral con trombosis progresiva) y no por el tratamiento endovascular realizado. No se aprecia que haya existido error de diagnóstico ni actuaciones sanitarias contrarias a la lex artis ad hoc, por lo que la reclamación debe desestimarse.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario