Número: 443
Año: 2015
Nº de expediente: 443/2015
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyyy, en nombre y representación de Dña. xxxx, debido a los daños y perjuicios sufridos por la asistencia sanitaria que le fue prestada.

  • La reclamante alega que ha existido mala praxis por no haberle realizado cada seis meses las pruebas diagnósticas (mamografías y ecografías) que se prevén en el Programa de detección precoz del cáncer de mama en Castilla y León, pruebas que, de haberse realizado, hubieran permitido alcanzar un pronto diagnóstico de la patología que padecía a fin de evitar la extirpación total de su mama derecha. Las actuaciones sanitarias se ajustaron a la lex artis ad hoc y la reclamación debe desestimarse.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario