Número: 173
Año: 2015
Nº de expediente: 173/2015
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. xxxx, debido a los daños sufridos en una caída en un recinto hospitalario.

  • La paciente alega en su reclamación que la caída se produjo al tropezar con un bolardo que no se percibía, al estar estacionado un vehículo y carecer de la señalización de advertencia, omisiones de las que culpabiliza a la Administración al haberse producido el percance en zonas de su pertenencia. no se acreditan los hechos. Desestimatoria.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario