Número: 169
Año: 2015
Nº de expediente: 169/2015
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. xxxx, debido a los daños y perjuicios sufridos por la asistencia sanitaria que le fue prestada.

  • No se aprecia nexo causal entre el infarto sufrido por el paciente y la actuación sanitaria desarrollada, razón por la que la reclamación debe desestimarse.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario