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Resolución 43/2024El órgano de contratación no tramitó una reclamación como un recurso especial en materia de contratación y estimó la misma modificando el adjudicatario. El órgano de contratación debió calificar este escrito como un recurso especial y remitirlo a este Tribunal para seguir la tramitación regulada en la LCSP. El hecho de omitir el procedimiento legalmente establecido para resolver la impugnación de la exclusión en los términos relatados, ha causado una evidente indefensión tanto a la recurrente como al resto de los interesados, que han visto limitado su derecho a alegar lo que estimaran oportuno en relación con la readmisión de la oferta de la actual adjudicataria y, por ende, con la revocación de su adjudicación.
Resolución 42/2024Impugnación de un acto de tramite no cualificado que no es susceptible de impugnación independiente del acto de adjudicación.
Resolución 41/2024La falta de acreditación de los requisitos de seguridad a través de los medios señalados en el documento de invitación hay que entenderla como subsanable, siempre y cuando no suponga una modificación de la oferta declarada inicialmente por la recurrente. En este supuesto, no se acredita la existencia de un incumplimiento expreso y claro por parte de la recurrente de los requisitos de seguridad requeridos en el PPT.
Resolución 40/2024Aplicación del artículo 85 del RLCAP. Falta de motivación de la adjudicación.
Resolución 39/2024No resultaba procedente la subsanación del DEUC en relación a la utilización de medios externos. La subsanación demandada por parte de la recurrente implicaría realmente la presentación de nuevo DEUC y la modificación de su oferta en fase de adjudicación del contrato, infringiendo por ello los principios de igualdad de trato entre los licitadores y de libre concurrencia.
Resolución 38/2024La cuestión fundamental que se dilucida es si la adjudicataria contaba con plan de igualdad en el momento de finalización del plazo de presentación. En el presente caso, teniendo en cuenta la envergadura de la subsanación solicitada por el Regcon y la fecha de su eficacia, puede concluirse que la adjudicataria no disponía de un plan de igualdad vigente y válido, en el momento de finalización del plazo de presentación de las ofertas.
Resolución 37/2024La adjudicataria no atendió al contenido del requerimiento de aclaración, sino que directamente planteó una nueva oferta. Exclusión.
Resolución 36/2024No se ha respetado la reserva prevista en la Disposición Adicional decimonovena de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y ello no se ha motivado adecuadamente en el expediente.
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