Resolución 119/2023
Motivación de la adjudicación. Con la petición de subsanación no se estaría modificando la oferta técnica de la adjudicataria, que ya ha sido admitida y valorada por la mesa de contratación, sino que únicamente se realiza esta para acreditar un requisito puramente formal, cual es la firma del representante legal de la empresa en los certificados acreditativos de la experiencia. La recurrente ha presentado certificados de la empresa subcontratista, que no se integra en el contrato, por lo que, asiste la razón al órgano de contratación al sostener que ninguna puntuación puede otorgarse a este respecto a la recurrente.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Kerbest Agrosuit, S.L., frente a la resolución de 21 de julio de 2023 de adjudicación de los Servicios de "Escuela de Emprendimiento Innovador en el Territorio de León".


