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Resolución 154/2023Oscuridad en los pliegos. Aun admitiendo que pudiera existir una contradicción en los ellos, en ningún caso podría perjudicar a los licitadores que anteceden a la recurrente, que evidentemente han obtenido mayor puntuación que ella y que han presentado sus ofertas cumpliendo escrupulosamente lo indicado en ellos.
Resolución 153/2023Extemporáneo. El recurso se ha presentado ante el órgano competente para la resolución del mismo, esto es ante el Tribunal, de manera que a este no le afecta ni concierne otras fiestas locales.
Resolución 152/2023Valoración de la experiencia como criterio de adjudicación. No se incluye en el expediente ningún tipo de justificación que motive por qué se estima adecuado primar "con una puntuación totalmente determinante" (15 puntos sobre 100), a aquellas empresas que previamente han realizado trabajos en administraciones con un número de habitantes superior a los 20.000 habitantes (infracción de la obligación impuesta por el 16.4 c) de la LCSP).
Resolución 151/2023El órgano no está obligado a solicitar subsanación alguna ante el claro incumplimiento de los PPT, siendo además que la admisión del certificado de fecha posterior a la de la finalización del plazo de presentación de ofertas implicaría una modificación de la oferta, y con ello una vulneración del principio de igualdad de trato.
Resolución 150/2023Legitimación de la recurrente. El recurso se limita a reproducir los argumentos ya resueltos en uno anterior.
Resolución 149/2023Viabilidad de la oferta que no está en presunción de anormalidad. Costes laborales. Subrogación de trabajadores.
Resolución 148/2023No consta acreditado que los pliegos técnicos sean restrictivos o limitadores de la competencia.
Resolución 147/2023Sólo es factible la subsanación de la documentación presentada para acreditar un criterio de adjudicación, siempre que estemos ante una acreditación documental que no suponga alteración de su oferta ni, por tanto, quiebra del principio de igualdad de trato ni de la libre concurrencia. No se dan las condiciones para que sea aplicable la doctrina contenida en la sentencia eVigilo ya que, la cláusula del PCAP impugnada, es clara y pudo ser recurrida en su momento.
Resolución 146/2023El contenido de los pliegos y sus fichas técnicas, han ido completándose y modificándose a medida que avanzaba la licitación, los requisitos mínimos y características que debían reunir los productos a suministrar y cuya determinación precisa corresponde al órgano de contratación, han ido perfilándose y especificándose a medida que se cuestionaban sus imprecisiones. Por lo que se habrían vulnerado los principios de publicidad, transparencia y seguridad jurídica
Resolución 145/2023Se impugna un acto de trámite no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
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