Resolución 174/2021
Son discriminatorias y contrarias a las regulaciones nacionales equivalentes de libre competencia y compras públicas, las cláusulas que prevén, sin una justificación adecuada, que todos los artículos que se adquieran serán originales de la marca del fabricante, que en ningún caso se admitirá material recargado y que las empresas que deseen licitar deberán ser distribuidores oficiales del producto.
se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Bioservice Sociedad Cooperativa Pequeña, contra los pliegos que rigen el procedimiento de contratación del suministro de tóner para los dispositivos de impresión del Hospital Universitario de Burgos.