Resolución 163/2021
No se aprecia la existencia de circunstancias suficientes que puedan permitir cuestionar la discrecionalidad técnica que asiste al órgano de contratación en la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor, no acreditándose error manifiesto y ostensible que pueda ser apreciado sin necesidad de acudir a razonamientos complejos; ni arbitrariedad o discriminación que permita a este Tribunal sustituir el criterio técnico del órgano de contratación. Justificación de la presunción de temeridad.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Panatec, S.L. contra la resolución de la Presidenta del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Local Agua de Valladolid de 25 agosto de 2021, por la que se adjudica el contrato de suministro en régimen de compra de un vehículo equipado con robot con cámara de TV destinado a la inspección de redes de alcantarillado para la EPE Agua de Valladolid.