Resolución 190/2020
Motivación in aliunde. La argumentación alude a un criterio de adjudicación en el que la oferta de la recurrente no está incursa en presunción de anormalidad y no concuerda con la documentación presentada por ella para justificar su oferta.
se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Unión Temporal de Empresas formada por Gestión de Servicios Integrales, S.A. y Servicios Integrales de Castilla y León, S.L. (en adelante UTE Geinsa-Sical) contra su exclusión en el procedimiento de contratación del servicio de celaduría de los centros dependientes de las Áreas de Servicios Sociales y Mediación Comunitaria, Educación, Infancia, Juventud e Igualdad y Participación Ciudadana y Deportes del Ayuntamiento de Valladolid.