Resolución 14/2020
El PCAP contiene de un modo claro la prohibición de que las tareas de dirección de ejecución de obra y de coordinación de seguridad y salud recaigan en un mismo profesional. La subsanación que pretende el recurrente no afecta a un mero error material o formal.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Otxotorena Arquitectos, S.L.P.U. contra el Acuerdo de la Mesa de contratación por el que se excluye a la empresa recurrente de la licitación del contrato para la “Redacción de proyecto básico y de ejecución, elaboración de maqueta, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud para la ampliación de ESO y Bachillerato 12+4 unidades en el nuevo Instituto de Educación Secundaria de Segovia.