Resolución 56/2019
Condición de ejecución relativa a que el edificio en el que se ubique la sede central o principal de las oficinas del adjudicatario cuente con certificación de eficiencia energética con etiqueta A o B. No queda justificado que se proyecte necesariamente sobre la ejecución de la prestación, porque la redacción de las normas urbanísticas puede realizarse fuera de la sede central o principal, esto es, en cualquier lugar que no cumpla con los referidos requisitos, aunque su sede principal sí lo haga. Podría ser discriminatorio con los técnicos previamente establecidos. No incorpora los necesarios parámetros objetivos para determinar cuándo la obligación se entiende cumplida, debiendo establecerse un control por la Administración en la fase de ejecución del contrato. La efectividad de la cláusula quedará a expensas de la buena voluntad del contratista.
se estiman los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, y el Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este, Demarcación de Burgos, frente a los pliegos que rigen la contratación del servicio de redacción de las normas urbanísticas territoriales de Ávila.