Resolución 101/2019
Análisis del artículo 145.3.g) LCSP relativo a la posibilidad de utilizar el precio como único criterio de adjudicación en los contratos de servicios, en general, y en los servicios intensivos en mano de obra, en particular.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Asociación de Empresas de Gestión de Infraestructura Verde (ASEJA), frente a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato de conservación y mejora de las infraestructuras verdes de las zonas sur y este de la ciudad de Valladolid.