Resolución 77/2018
El órgano de contratación consideró justificada la baja de la adjudicataria. Discrecionalidad técnica: no se aprecia un error patente en la aplicación de los criterios de adjudicación. Motivación de la adjudicación.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Ferrovial Servicios S.A. frente al Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Medina de Pomar, de 30 de mayo de 2018, y su rectificación de errores de 18 de junio de 2018, por el que se adjudica el contrato de suministro de sustitución integral del alumbrado público exterior a tecnología led de Medina de Pomar.