Resolución 20/2018
La introducción del criterio de adjudicación "la subcontratación del transporte con Centros Especiales de Empleo o realización del mismo con personas con discapacidad” introduce un grave elemento distorsionador por su falta de compatibilidad con la obligación de subrogación del personal establecida en los pliegos, lo que a falta de motivación desvirtúa el principio general de adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa e impide a los interesados en esta licitación hacerse una representación exacta sobre qué contenido debe tener la proposición a presentar.
se estiman los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por Arasti Barca M.A., S.L. contra los pliegos que han de regir la contratación de los servicios de estancias diurnas en los Centros de Día de Personas Mayores de Ávila I y Arenas de San Pedro, dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Ávila; y las dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Valladolid.