Resolución 83/2017
Discrecionalidad téncia. Lo que se pretende es sustituir una valoración por otra, pero el recurso no se basa en ningún vicio formal concreto. El recurso especial en materia de contratación no está dirigido a conseguir una revisión general y abstracta de una decisión de un órgano de contratación por el mero hecho de ser perjudicial para un licitador.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la entidad Cruz Roja Española en Salamanca contra la Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de Salamanca de 22 de agosto de 2017, por la que se adjudica el contrato de servicio de teleasistencia en los municipios de la provincia.