Resolución 2/2016
La empresa recurrente cometió el error de vulnerar el orden procedimental en la presentación de sus proposiciones, lo que supone un defecto formal que desvela el secreto de la oferta -aunque sea de forma parcial- y un incumplimiento de lo dispuesto en el pliego.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la U.T.E Limpiezas Gredos, S.A. y Limpiezas Urbión, S.L. contra la Resolución de la Comisión Central de Homologación de 12 de noviembre de 2015, por la que se acuerda su exclusión del acuerdo marco para la homologación de los servicios de limpieza a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y entidades adheridas.