Resolución 18/2016
La voluntad del licitador a la hora de formular la oferta económica no puede estar sujeta a interpretaciones subjetivas que puedan colmar la falta de diligencia en el modo de presentación de la proposición económica.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Unipost, S.A. contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valladolid de 22 de diciembre de 2015, por el que se adjudica el contrato de servicios postales y telegráficos para las dependencias del Ayuntamiento de Valladolid durante el año 2016.