Resolución 44/2015
El Tribunal considera que el cumplimiento o incumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en el PPT es una cuestión de interpretación y de prueba. En el presente caso, los diferentes informes técnicos obrantes en el expediente concluyen que la oferta de la empresa adjudicataria se ajusta a lo establecido en los pliegos.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Telefónica España, S.A.U.-Telefónica Móviles España, S.A.U. (UTE), contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid de 1 de abril de 2015, por el que se adjudica el lote 1 del contrato de servicios de telecomunicaciones del Ayuntamiento de Valladolid, Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda de Valladolid, Sociedad Municipal Autobuses Urbanos de Valladolid, Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo de Valladolid y las Fundaciones Municipales de Deportes, Cultura, Seminci, Patio Herreriano, Museo de la Ciencia y Teatro Calderón.