Resolución 26/2015
La empresa excluida ha tenido acceso al expediente de contratación y un conocimiento completo de las razones determinantes de la adjudicación. La empresa recurrente reproduce argumentos que ya fueron resueltos en su anterior recurso por este Tribunal (Resolución 22/2015, de 25 de febrero). No procede, por tanto, la exclusión del adjudicatario, de conformidad con el informe técnico emitido por especialistas en la materia, que consideran que cumple con los requerimientos técnicos exigidos en el PPT.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Intersystems Iberia, S.L. contra la Resolución del Presidente de la Gerencia Regional de Salud de 20 de febrero de 2015, por la que se adjudica el contrato de adquisición de licencia corporativa y servicios de mantenimiento y soporte de un software repositorio maestro de datos clínicos para la Gerencia Regional de Salud.


