Resolución 21/2015
Error en la presentación de su oferta insubsanable. Los pliegos, que fijan las reglas del procedimiento de adjudicación, concretan de manera clara la forma en la que los licitadores deben formular su proposición económica, que no es sino referida al importe de la prima anual, conclusión ésta que se ve reforzada por el hecho de que la cláusula vigésima del PCAP contempla expresamente la improcedencia de la revisión de precios para el segundo año de vigencia del contrato.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por HDI-Gerling Industrie Versicherung AG contra la adjudicación del lote D (seguro de responsabilidad civil) del contrato de seguros privados de la Diputación Provincial de Segovia.