Resolución 46/2014
La exclusión de la recurrente, no está justificada y ha excedido del ámbito de la discrecionalidad de la Mesa de contratación e incurrido en arbitrariedad, por lo que no se ajusta a derecho.
se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Laboragua, S.A., contra el Acuerdo de la Mesa de contratación de 30 de abril de 2014, dictado en el procedimiento de contratación del servicio de mantenimiento, conservación y explotación del sistema de abastecimiento de agua potable en alta desde la presa de Alba a la comarca de La Bureba-Alto Oca (Burgos), por el que se excluye a aquélla del procedimiento de licitación al considerarse su oferta como anormal o desproporcionada.