Resolución 39/2014
En el presente caso lo que se pretende es sustituir una valoración por otra, pero no basada en ningún vicio formal, por lo que el análisis de la diferente valoración otorgada está vedada a este Tribunal. Por otra parte, la recurrente no ha logrado acreditar que la valoración de la comisión de contratación fuera desproporcionada y arbitraria.Procede desestimar el recurso, al haberse acomodado la adjudicación del contrato a una oferta efectuada conforme a las prescripciones técnicas establecidas en el pliego.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa Steris Iberia, S.A.U. contra la Resolución de 12 de marzo de 2014 de la Dirección General de Administración e Infraestructuras de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por la que se adjudica el contrato de suministro e instalación de mesas quirúrgicas con destino a los quirófanos del Hospital Clínico Universitario de Valladolid.