Resolución 34/2013
Valoración de criterios evaluables mediante fórmulas ha de realizarse una vez efectuada la de los criterios no evaluables mediante fórmulas sujetos a juicio de valor. La inclusión en el sobre nº 1 de datos reveladores de la oferta económica y otras mejoras impide la selección de la oferta económicamente más ventajosa y vulnera los preceptos legales ordenados a garantizar el secreto de las ofertas. Exigencia de máxima objetividad en la valoración.
se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por las empresas Hélice Marketing & Consulting, S.L.U. y Clever Tecnología, S.L., agrupadas en UTE, contra el Acuerdo de la Mesa de contratación de 27 de mayo de 2013 por el que se las excluye del procedimiento de licitación del contrato de servicios de “Mantenimiento y servicio de asistencia a usuarios del Sistema de Información para la Gestión Integrada de los Recursos Humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Proyecto Persigo”