Número de resolución: 21/2013
Número de recurso: 18/2013
Año: 2013
Fundamentos:

Artículo 40.2 b) TRLCSP. Los actos de admisión de licitadores no son recurribles, al no producir indefensión. Posibilidad de recurrir el acto de adjudiciación.

Breve reseña:

se inadmite el recurso especial en materia de contratación interpuesto por D. Guillermo Sáenz Escardo en representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., y D. Alfonso Tapias frías, en representación de Esc Servicios Generales, S.L., contra la Resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos, de 14 de marzo 2013, por la que se procede a la admisión de varios licitadores en el procedimiento seguido para la adjudicación del contrato de servicios de vigilancia en distintos edificios municipales, mediante concurso.

Fecha de resolución: 24/04/2013
Órgano de contratación: Ayuntamiento de Burgos
Acto recurrido: Acto de trámite
Tipo de procedimiento: Vigilancia de edificios municipales
Tipo de contrato: Servicios
Tipo de resolución: Inadmisión