Número: 564
Año: 2014
Nº de expediente: 564/2014
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. xxxx, debido a los daños derivados de la asistencia sanitaria que le fue prestada a su hijo, cccc, ya fallecido, en el Complejo Asistencial Universitario de xxx1.

  • La reclamante considera que hubo errores en el diagnóstico y en el tratamiento del síndrome hemofagocítico secundario a la infección por virus de Epstein Barr (mononucleosis infecciosa), lo que produjo el retraso que llevó a su fallecimiento. Estima que ha habido pérdida de oportunidades, ya que una punción de médula ósea hubiera confirmado la enfermedad y el tratamiento adecuado habría dado muchas posibilidades de supervivencia. No ha quedado acreditado que existiera una actuación inadecuada, los profesionales médicos actuaron conforme a la lex artis ad hoc, razón por la que la reclamación debe desestimarse.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Ámbito sanitario