Número: 326
Año: 2004
Nº de expediente: 326/2004
Breve reseña:

procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. xxxxx xxxxx xxxxx debido a los daños sufridos en un accidente escolar.

  • Rotura de gafas. El daño sufrido por el funcionario público reclamante no debe ser soportado por el mismo, al haberse producido en el ejercicio de sus funciones y sin haber intervenido tercero o acción del reclamante que rompa el nexo causal. Estimatoria.
Asunto: responsabilidad patrimonial
Tipo Resp. Patrimonial: Accidente escolar