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Dictamen 198/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en una caída por el mal estado de la calzada.
- Falta de prueba de la causa de la caída. Procede desestimar la reclamación.
Dictamen 195/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyyy, debido a los daños y perjuicios sufridos en una caída por el mal estado de la calzada.
- Mal estado de un paso de peatones. Desnivel del desperfecto inferior a 2 centímetros: no excede el estándar del servicio. Procede desestimar la reclamación.
Dictamen 192/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyyy, debido a los daños y perjuicios sufridos en una caída por el mal estado de la vía pública.
- Existencia de nexo causal. Concurrencia de culpas. Estimación parcial.
Dictamen 191/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en un accidente por la existencia de obras en el carril bici.
- No se han acreditado los hechos alegados. El atestado policial no puede determinar el lugar de la caída. No hay no hay testigos del accidente. Procede desestimar la reclamación.
Dictamen 190/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en un accidente por el mal estado de un carril bici.
- Desnivel de 4 cm que suponía un riesgo oculto. El conductor debió reducir la velocidad por la zona en la que se encontraba. Además, el patinete eléctrico carecía de suspensión que permitieran evitar el desnivel. Concurrencia de culpas. Procede estimar parcialmente la reclamación.
Dictamen 171/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyyy, debido a los daños y perjuicios ocasionados en un accidente por el mal estado de la calzada.
- Daños sufridos en un vehículo agrícola por el mal estado de la vía pública. No están acreditadas ni el accidente ni su causa. Procede desestimar la reclamación.
Dictamen 162/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en una caída por el mal estado de un camino-circuito peatonal y deportivo.
- Ha quedado acreditada la relación de causalidad entre los daños y el funcionamiento del servicio público. Concurrencia de culpas. Procede estimar parcialmente.
Dictamen 159/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en un accidente ciclista por el mal estado de la calzada.
- Daños sufridos por un ciclista durante el reconocimiento del circuito donde iba a desarrollarse una prueba deportiva. Estado del firme no adecuado al estándar del servicio. Procede estimar la reclamación.
Dictamen 157/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en un accidente por el mal estado un carril bici (arqueta hundida).
- Concurrencia de culpas (50 %), atendidas la ubicación y la visibilidad de la deficiencia. Procede estimar parcialmente la reclamación.
Dictamen 150/2025expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1, debido a los daños y perjuicios sufridos en un accidente de bicicleta por el mal estado de un camino público.
- Daños y perjuicios sufridos en un accidente de bicicleta al golpearse con la rama de un árbol que atravesaba un camino público. El Ayuntamiento no ha cumplido con el estándar exigible al servicio público al no mantener el camino en un adecuado estado de conservación. Concurrencia de causas y responsabilidades (75 % del reclamante y 25 % del Ayuntamiento): el reclamante no ha desplegado toda la diligencia que le sería exigible a la vista del estado en el que se encontraba dicho camino (velocidad inadecuada a la estrechez y reducida visibilidad del camino). Procede estimar parcialmente la reclamación.
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