Resolución 100/2023
Acordada la retroacción del procedimiento al momento de la valoración de la justificación de la viabilidad de la oferta de la recurrente, la mesa de contratación advirtió la misma deficiencia en la valoración de la viabilidad del resto de las ofertas inicialmente excluidas, por lo que se emitió nuevo informe de acuerdo con los criterios indicados por este Tribunal en su Resolución 64/2013, antes de formular una nueva propuesta de adjudicación al órgano de contratación.La exclusión de ofertas anormales cuya viabilidad no se considere justificada corresponde al órgano de contratación, no a la mesa. Discrecionalidad técnica.
se desestiman los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por Castellana de Ingeniería, Castinsa, S.L., y por STAD42 Espacio Técnico, S.L., frente a la Resolución del director general del Instituto para la Competitividad Empresarial, de 8 de junio de 2023, por la que se adjudica el contrato del servicio de dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud y supervisión medioambiental de las obras de finalización de la urbanización de la fase 1 del parque tecnológico de Burgos y sus infraestructuras asociadas en Cardeñajimeno (Burgos).