Número de resolución: 58/2015
Número de recurso: 51/2015
Año: 2015
Fundamentos:

Procedimiento previsto legalmente para determinar si una proposición es o no desproporcionada o anormal. Análisis de los artículos 151 y 152 TRLCSP. La regulación encaminada a establecer el referido iter procedimental es indisponible para las partes. El cálculo de la puntuación económica de las ofertas debe realizarse con posterioridad al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormales o desproporcionadas, excluyendo a las no admitidas por no haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el mencionado trámite de audiencia. Desestimación.

Breve reseña:

se estima el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Ilunión Sociosanitario, S.A. contra los pliegos que rigen la contratación del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de León.

Fecha de resolución: 7/07/2015
Órgano de contratación: Ayuntamiento de León
Acto recurrido: Anuncio de licitación y los pliegos
Tipo de contrato: Servicios
Tipo de resolución: estimatoria