Número de resolución: 58/2013
Número de recurso: 57/2013
Año: 2013
Fundamentos:

Entidades sin ánimo de lucro pueden participar en la licitación siempre que en su objeto definido en sus estatutos estén comprendidas las actividades que constituyen el objeto del contrato. Disposición adicional cuarta TRLCSP. Vulneración de los principios de igualdad y libre competencia al prever el PPT que una de las actividades básicas del servicio de teleasistencia domiciliaria pueda realizarse por voluntarios y que esta circunstancia pueda ser valorada dentro del proyecto de organización y gestión del servicio. Seguimiento y mantenimiento del sistema solo puede realizarse por profesionales, dado su carácter eminentemente técnico, y no por voluntarios. Anulación del inciso "voluntarios" en la cláusula del PPT.

Breve reseña:

se estima parcialmente el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la Asociación de Empresas de Servicios para la Dependencia (AESTE), contra los pliegos que rigen la contratación del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Ponferrada.

Fecha de resolución: 31/10/2013
Órgano de contratación: Ayuntamiento de Ponferrada
Acto recurrido: Anuncio de licitación y los pliegos
Tipo de procedimiento: Teleasistencia domiciliaria
Tipo de contrato: Servicios
Tipo de resolución: estimatoria parcial