Los atropellos de animales y los daños de la fauna suponen el 25,4% de los Dictámenes
LOS SINIESTROS PROVOCADOS POR ATROPELLO DE ANIMALES EN LA CARRETERA Y LOS DAÑOS DE LA FAUNA A AGRICULTORES Y GANADEROS SUPONEN EL 25,4% DE LOS DICTÁMENES APROBADOS EN LO QUE VA DE AÑO
- El Consejo ha aprobado ya 191 informes jurídicos por este tipo de reclamaciones; Zamora encabeza el número de consultas por atropello de especies cinegéticas, mientras que León, Palencia y Burgos copan los expedientes por daños de la fauna
Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente a la Administración por los accidentes de circulación provocados por la irrupción de animales en las carreteras, así como las reclamaciones por los daños ocasionados por la fauna al ganado y a los cultivos y distintas explotaciones agrícolas han derivado, en lo que va de año, en 191 dictámenes despachados por el Consejo Consultivo de Castilla y León, superior órgano consultivo de la Comunidad Autónoma que preside Mario Amilivia González.
Estos casi 200 dictámenes derivados de reclamaciones por los daños y perjuicios ocasionados por los animales suponen el 25,4% de los informes despachados desde comienzos de este año por la Institución que sustituye y cumple con las funciones que desempeñaba el Consejo de Estado en el ámbito de la Comunidad Autónoma hasta el año 2003.
En lo que va de año, la provincia de Zamora, con cerca de 30 informes jurídicos, encabeza la estadística por consultas derivadas de reclamaciones por siniestros con animales en las carreteras; en el caso de los daños por fauna, León, Palencia y Burgos, copan la mayoría de los dictámenes, en las dos primeras a causa del oso y en la tercera, debido a los ataques del lobo.
El año pasado se cerró con la aprobación de 170 dictámenes derivados de reclamaciones por accidentes de circulación por la irrupción de animales en las carreteras y de otros 189 por los daños de la fauna salvaje. Estos 359 dictámenes supusieron el 32% del total de informes despachados durante 2008 por el máximo órgano consultivo de Castilla y León.
En el primer caso (siniestros de tráfico con animales), Zamora encabezó la estadística con 68 informes jurídicos, seguida de la provincia de León con 46. En el segundo caso (daños de la fauna salvaje), León, con 88 dictámenes, y Soria con 32, encabezaron el ranking de informes. En la provincia de León, casi en su mayoría a causa de reclamaciones por el oso pardo.
Resumen de la última reunión de secciones
Con los 31 dictámenes despachados en las reuniones de secciones celebradas el pasado 16 de julio son ya casi 750 los informes jurídicos aprobados por el Consejo Consultivo desde el pasado mes de enero. Precisamente, en la última reunión del Consejo se despacharon dos dictámenes por reclamaciones de daños provocados por la fauna: un oso que destrozó unas colmenas en Salcedillo (término de Brañosera), a cuyo propietario se le avala el cobro de una indemnización de 151,19 euros y unos conejos que generaron daños en cultivos de cebada en Palencia por importe de 455 euros y cuyos perjudicados reclamaron ante el Ayuntamiento. En ambos casos los dictámenes estiman las reclamaciones iniciadas por los afectados.
Los consejeros también despacharon 8 informes sobre reclamaciones por siniestros provocados por la irrupción repentina de animales en las carreteras, entre ellos un expediente iniciado por los daños materiales y personales ocasionados el 12 de diciembre de 2006 por la irrupción de un jabalí en la provincia de Zamora, en la CL-605, punto kilométrico 3,6, por el que la afectada reclama 1.460,30 euros.
De los daños ocasionados en accidentes de tráfico provocados por atropello de especies cinegéticas pueden ser responsables, según la legislación actual, hasta tres posibles sujetos: 1º el conductor del vehículo, cuando el accidente sea consecuencia del incumplimiento de las normas de circulación; 2º los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado y 3º el titular de la vía pública en la que se produce el accidente, cuando éste sea consecuencia del estado de conservación de la vía o de su señalización.
Para que este tipo de dictámenes sean estimatorios (se avalen las indemnizaciones reclamadas por los afectados a la Administración al acreditarse la responsabilidad de ésta) se debe acreditar, entre otros supuestos, que haya existido una inadecuada conservación de la vía pública o una deficiente señalización. Se debe acreditar también, además de que el conductor no cometiera una infracción, que el día del accidente hubiese actividad cinegética. De lo contrario, estos dictámenes serán desestimatorios.
Recomendación del Consejo Consultivo
El Consejo Consultivo, con ocasión de la aprobación de la Memoria referente a 2008, y con el bagaje de la importante doctrina jurídica cosechada durante seis años de actividad, realizó una recomendación específica a la Administración sobre este tipo de reclamaciones. Así, el presidente de la Institución propuso una reflexión en relación con una más adecuada reforma de la Ley de Caza, con el fin de que sean indemnizables los daños producidos por la irrupción de especies cinegéticas en las carreteras procedentes de reservas regionales de caza, recomendando volver a los términos de la regulación legal preexistente a la modificación del artículo 12 de la Ley de Caza de Castilla y León. Anteriormente a la aprobación de la Ley estatal 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial existía un supuesto que atribuía la responsabilidad objetiva a la Administración. Esto cambió con la aprobación y adaptación de la Ley de Caza a la referida Ley estatal, que establece como responsables hasta tres posibles sujetos por atropello de especies cinegéticas. El Consejo Consultivo aboga por una legislación específica de cara a reestablecer la responsabilidad objetiva de la Administración, máxime teniendo en cuenta que ésta misma reconoce en sus informes que el mantenimiento de las especies cinegéticas en las reservas de caza constituye “un bien natural, turístico, social y económico para los pueblos de la comarca, al tiempo que se puedan obtener beneficios económicos para los Ayuntamientos y Juntas Administrativas Locales”.
En la última reunión se aprobaron además tres dictámenes por caídas y accidentes debido al mal estado de las calzadas en Miranda de Ebro y Salamanca; tres informes por accidentes en el ámbito escolar; uno derivado de una resolución de contrato de obra iniciado por un ayuntamiento zamorano para la reforma y construcción de una residencia de la tercera edad; uno sobre una reclamación de índole sanitario iniciada en la provincia de Valladolid (en el Río Ortega) y uno derivado de una consulta sobre una revisión de oficio por una adjudicación de puestos de funcionarios en Burgos.
Los dictámenes del Consejo constituyen una garantía previa de la legalidad de las decisiones y resoluciones de la Administración pública. La Institución actúa en el ámbito de la Comunidad Autónoma como el Consejo de Estado lo hace en el ámbito nacional.