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Dictamen 340/2023expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, en nombre y representación de Dña. yyy2 y sus hijos yyy3 y yyy4, debido a los daños y perjuicios sufridos por la desestimación de la solicitud de atención educativa domiciliaria de los menores durante el curso escolar 2020/2021.
- Acto consentido y firme. No concurre el requisito de la antijuricidad.
Dictamen 339/2023expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, en representación de su hija yyy2, debido a los daños sufridos por esta en un accidente escolar.
- Accidente sufrido en clase de educación física. Exposición de los alumnos a un riesgo innecesario. Procede estimar parcialmente.
Dictamen 338/2023expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por D. yyy1 y Dña. yyy2, en representación de su hijo menor de edad yyy3, debido a los daños sufridos por este en un accidente escolar.
- Inexistencia de nexo de causalidad entre el resultado dañoso y la actividad administrativa. No se acredita la falta de vigilancia y control de los alumnos por el profesorado del centro en el momento en el que tuvo lugar el accidente. Riesgo general de la vida. Procede desestimar la reclamación.
Dictamen 120/2023expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy4, en nombre y representación de Dña. yyy1 y de sus hijos yyy2 y yyy3, debido a los daños sufridos por la desestimación de la solicitud de atención educativa domiciliaria de los menores durante el curso escolar 2020/2021.
- El expediente no está completo y resulta necesario que se emita nuevo informe que aclare las cuestiones planteadas. Procede devolver el expediente para que se subsanen las deficiencias, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Dictamen 50/2023expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de la reclamación presentada por Dña. yyy1, en nombre y representación de su hijo menor de edad yyy2, debido a los daños sufridos por este en el IES cccc de xxx1.
- Inexistencia del nexo de causalidad entre el resultado dañoso y la actividad administrativa. Procede la desestimación de la reclamación.
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