Dictamen 49/2008
recurso extraordinario de revisión interpuesto por Dña. xxxxx contra la Orden de 5 de noviembre de 2007, de la Consejería de Administración Autonómica, por la que se resuelve el recurso de reposición contra la Orden ADM/1.472/2007, de 24 de agosto, de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el concurso-oposición para la provisión de puestos de trabajo vacantes en régimen de contratación laboral de carácter fijo, para las categorías de personal subalterno –ordenanza, personal subalterno–, vigilante y personal de servicios, en cumplimiento del Acuerdo de 3 de diciembre de 2002, del Foro de Convergencia del personal laboral transferido por Real Decreto 1.340/1999, de 31 de julio.
- No cabe la estimación por la circunstancia del artículo 118.1.1ª) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, porque no puede entenderse que la omisión que se produce en la Orden ADM/1.472/2007 (al quedar sin adjudicación un puesto de trabajo) y el hecho de haber sido solicitada por la recurrente con el número de orden primero de su petición de vacantes basten para la estimación de su pretensión, adjudicándole la plaza omitida.