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Dictamen 750/2004
consulta facultativa planteada por el Presidente de la Junta de Castilla y León, en relación con la separación de determinadas Uniones Provinciales de COAG de la UCCL-COAG y las consecuencias de su nueva organización regional.
- Las Uniones Provinciales de COAG siguen teniendo la representatividad provincial que obtuvieron en el último proceso electoral. La Coordinadora Agraria de Castilla y León debe obtener la representatividad que le corresponda, detrayendo la misma de la que actualmente ostenta la Unión de Campesinos de Castilla y León.
Dictamen 730/2004
consulta facultativa planteada por el Ayuntamiento de xxxxxxxx referente a la posible participación de un concejal no adscrito a un grupo político en las Comisiones Informativas de la Corporación.
- Procede que se le reconozca el derecho a participar en las Comisiones Informativas, sin que sus derechos económicos y políticos sean superiores a los que le hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia.
Dictamen 491/2004
consulta facultativa presentada por el Ayuntamiento de xxxxxx (xxxxxx) sobre la necesidad de obtener una licencia municipal para la ejecución de las obras de ampliación de la estación de servicio por parte de la empresa yyyyyy, S.A.
- No resulta necesaria su obtención y no procederá exigir tasa alguna, siempre y cuando no concurran las circunstancias previstas en los artículos 38 y 39 de la Ley 25/1988, de Carreteras.
Dictamen 381/2004
consulta facultativa formulada por el Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Castilla y León acerca de las posibles vías para asumir competencias y facultades, dentro del marco constitucionalmente previsto, en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos.
- Consulta desarrollada en ocho consideraciones.
Dictamen 174/2004
consulta facultativa presentada por el Ayuntamiento de xxxxxxx sobre la posibilidad de integración de determinados funcionarios en los Cuerpos de Policía del Ayuntamiento y las retribuciones a percibir.
- La disposición transitoria primera de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León, reclasifica a los funcionarios de la Policía Local en los nuevos grupos de clasificación a que se adscriben las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local conforme a la Ley. Los efectos retributivos de la reclasificación tienen como límite lo previsto en la disposición transitoria segunda de dicha Ley.
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